Deducciones IRPF 2026: todo lo que puedes desgravar en España

Cada año, miles de contribuyentes pagan más IRPF del que deberían, sencillamente porque no conocen todas las deducciones a las que tienen derecho. En 2026, la normativa fiscal española permite reducir la cuota de forma legal por varios conceptos: hijos, hipoteca, alquiler, planes de pensiones, donativos y muchos más dependiendo de tu comunidad autónoma.

En esta guía recogemos todas las deducciones del IRPF 2026 vigentes, tanto las estatales como las más relevantes por comunidades autónomas, con los importes exactos y los requisitos para aplicarlas.

Dato clave: La campaña de la Renta 2025 (que se declara en 2026) arranca en abril. Si tienes dudas sobre qué deducciones aplicar, revisa este artículo antes de confirmar el borrador que te proponga Hacienda — el borrador no siempre incluye todas las deducciones a las que tienes derecho.

¿Qué es una deducción en el IRPF?

Una deducción fiscal reduce directamente la cantidad que pagas a Hacienda. No es lo mismo que una reducción en la base imponible (que reduce el ingreso sobre el que se calcula el impuesto): una deducción resta directamente de la cuota, euro por euro.

Por ejemplo, si te corresponde una deducción de 500€ y tu cuota a pagar era de 3.000€, pagarás 2.500€. Así de directo.

Deducciones estatales del IRPF 2026

Estas deducciones las puede aplicar cualquier contribuyente en España, con independencia de su comunidad autónoma.

1. Mínimo personal y familiar

No es exactamente una deducción, sino una parte de tu renta que queda exenta de tributación. Los importes en 2026 son:

Concepto Importe anual
Mínimo personal (general)5.550 €
Mayores de 65 años6.700 €
Mayores de 75 años8.100 €
Discapacidad 33%-65%+ 3.000 €
Discapacidad ≥ 65% o movilidad reducida+ 9.000 €

2. Mínimo por descendientes (hijos)

Si tienes hijos menores de 25 años que conviven contigo y no tienen rentas superiores a 8.000€ anuales, puedes aplicar el mínimo por descendientes:

Hijo Importe Si es menor de 3 años
Primero2.400 €+ 2.800 €
Segundo2.700 €+ 2.800 €
Tercero4.000 €+ 2.800 €
Cuarto y siguientes4.500 €+ 2.800 €

En caso de custodia compartida, cada progenitor aplica el 50% del mínimo. Si el hijo tiene una discapacidad reconocida, se añaden entre 3.000€ y 9.000€ adicionales.

3. Mínimo por ascendientes (padres, abuelos)

Si tus padres o abuelos mayores de 65 años (o cualquier edad si tienen discapacidad ≥ 33%) conviven contigo y no tienen rentas superiores a 8.000€, puedes aplicar:

4. Inversión en vivienda habitual (régimen transitorio)

Importante: Esta deducción quedó suprimida en 2013. Sin embargo, si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y venías aplicándola, puedes seguir haciéndolo indefinidamente bajo el régimen transitorio.

Si cumples los requisitos del régimen transitorio, puedes deducirte el 15% de las cantidades pagadas en el año por la adquisición o rehabilitación de tu vivienda habitual, con una base máxima de 9.040€ anuales. Esto supone una deducción máxima de 1.356€ al año.

5. Alquiler de vivienda habitual (régimen transitorio)

Al igual que ocurre con la compra, la deducción estatal por alquiler desapareció en 2015. Pero si firmaste tu contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015 y venías aplicando la deducción, puedes continuar:

6. Planes de pensiones y sistemas de previsión social

Las aportaciones a planes de pensiones individuales reducen directamente la base imponible (no la cuota, pero el efecto fiscal es muy relevante). Los límites en 2026 son:

Tipo de aportación Límite anual
Plan de pensiones individual1.500 €
Plan de pensiones de empleo (empresa + empleado)8.500 € conjuntos
Plan de pensiones de cónyuge (si gana < 8.000 €/año)1.000 €
Personas con discapacidad ≥ 65%24.250 €

El límite se aplica sobre el menor de dos importes: la cantidad aportada o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

7. Donativos y aportaciones a entidades sin ánimo de lucro

Los donativos a fundaciones, ONG y asociaciones declaradas de utilidad pública o a partidos políticos generan deducción en el IRPF:

8. Deducción por maternidad

Las madres trabajadoras (por cuenta ajena o propia) con hijos menores de 3 años tienen derecho a una deducción de hasta 1.200€ anuales por hijo (100€/mes). Se puede cobrar de forma anticipada mes a mes o aplicarla en la declaración.

En 2026 esta deducción se ha ampliado también a mujeres que estén percibiendo prestación por desempleo o en situación de ERTE, siempre que realicen alguna actividad por cuenta propia o ajena.

9. Familia numerosa y personas con discapacidad a cargo

Existen deducciones de hasta 1.200€ anuales (o 2.400€ en familias numerosas de categoría especial) aplicables a contribuyentes con:

Deducciones autonómicas más relevantes por CCAA

Cada comunidad autónoma puede establecer sus propias deducciones, que se suman a las estatales. Aquí las más destacadas:

Madrid

Deducción por nacimiento o adopción: 600€ (primer hijo), 750€ (segundo), 900€ (tercero o más)

También: arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años (30% de lo pagado, máx. 1.000€), gastos educativos (15% de gastos de escolarización, libros, idiomas…)

Cataluña

Alquiler de vivienda habitual: 10% (menores de 32 años o en situación de paro), máx. 300€/año

También: inversión en vehículos eléctricos (15%, máx. 750€), donativos a entidades catalanas.

Andalucía

Adquisición de vivienda habitual para menores de 35 años: 2% de los intereses pagados

También: gastos de guardería (15%, máx. 250€), adopción internacional (300€), ayuda doméstica (15%, máx. 250€).

Comunidad Valenciana

Arrendamiento de vivienda habitual: hasta 765€ anuales para menores de 35 años o mayores de 65

También: conciliación laboral (270€ por hijo menor de 3 años en guardería), gastos de guardería (15%).

Consulta siempre tu comunidad: Esta lista no es exhaustiva. Cada CCAA actualiza sus deducciones anualmente. Antes de presentar la declaración, consulta la web de tu agencia tributaria autonómica o usa el programa Renta Web de la AEAT, que las incluye automáticamente si introduces tu comunidad.

Qué NO deberías hacer: errores habituales

¿Cómo saber qué deducciones me corresponden?

La forma más fiable es usar el Renta Web de la AEAT, que incorpora automáticamente los datos fiscales disponibles (retenciones, inmuebles, hipotecas…) y te permite introducir manualmente los que no tenga. Si tu situación es compleja (autónomo, herencia, inmuebles alquilados, residencia en el extranjero), lo más recomendable es acudir a un gestor o asesor fiscal.

Tip práctico: Guarda durante al menos 4 años todos los justificantes de los gastos que hayas deducido (facturas de guardería, recibos de donativos, escrituras, contratos de alquiler…). Hacienda puede pedirlos en una comprobación posterior.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me puedo deducir por hijos en el IRPF 2026?

El mínimo por descendientes en 2026 es de 2.400€ por el primer hijo, 2.700€ por el segundo, 4.000€ por el tercero y 4.500€ por cada hijo adicional. Si el hijo tiene menos de 3 años, se suman 2.800€ adicionales. Este importe reduce la base imponible, no la cuota directamente.

¿Puedo deducirme el alquiler en el IRPF si firmé el contrato antes de 2015?

Sí. Si tu contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015 y venías aplicando la deducción estatal, puedes seguir haciéndolo: un 10,05% de lo pagado, con una base máxima de 9.040€ anuales. Comprueba también si tu comunidad autónoma tiene deducción propia por alquiler.

¿Cuánto puedo aportar a un plan de pensiones y desgravarlo en 2026?

El límite de reducción en la base imponible por planes de pensiones individuales es de 1.500€ anuales. Si tu empresa también aporta a un plan de empleo, el límite conjunto sube hasta 8.500€. No confundas reducción en base con deducción en cuota: el efecto depende de tu tipo marginal.

¿Hay deducción por instalar placas solares en casa?

A nivel estatal no existe una deducción específica vigente en 2026 por instalación de energías renovables en vivienda habitual (las deducciones temporales por rehabilitación energética han ido expirando). Sin embargo, varias comunidades autónomas sí tienen deducciones propias por inversión en energías renovables — consulta las de tu CCAA.

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